Estimados vecin@s:

Con motivo de los recortes que la administración local ha realizado en el presupuesto destinado a la subvención de fiestas de barrios organizadas por las Asociaciones Vecinales, hemos de informar que durante los últimos meses algunos vecinos del barrio nos han reportado la presencia de determinadas personas que, afirmando ser representantes de asociaciones de vecinos de otros barrios, que nada tienen que ver con Albayda, solicitan aportaciones monetarias a los presidentes de las comunidades de vecinos.

Estas aportaciones, solicitadas en concepto de donación para desarrollar actividades deportivas, sociales y culturales, no repercuten posteriormente en su gratuidad para las personas que se inscriben, sino más bien al contrario, a los participantes se les cobra adicionalmente una matrícula.

Desde Albayda estimamos necesario recordar a todos los vecinos de las zonas (Plaza Europa, Avenida Maracena, Miranda Dávalos, Federico García Lorca, Luís Amador, Parque de Almunia, Periodistas) que: extremen las precauciones ante esta situación de abuso económico, ya que algunos presidentes de comunidad han suscrito donaciones absolutamente disparatadas para repercutirlas despues en los gastos a abonar por todos los propietarios.


El modus operandi de estas personas consiste en convocar una reunión con el presidente de la comunidad y algunos vecinos, aprovechando que estan reunidos en una junta. Una vez han expuesto su discurso, indicando que son legítimos representantes vecinales del barrio, solicitan al presidente de la comunidad una donación económica para realizar actividades deportivas, sociales, culturales o fiestas. Está circunstancia, como puede intuirse, difícilmente tiene cabida en la Ley de Propiedad Horizontal, la cual en líneas generales establece:

  • En sus arts. 3 y 5: señala que la cuota de participación estará únicamente basada en el valor del inmueble, las cargas, beneficios de la comunidad, el establecimiento de un fondo de reserva para atender obras de conservación y reparación/mantenimiento de la finca comunitaria, la suscripción del seguro, contratos de mantenimiento del inmueble y sus instalaciones. No haciendo mención a DONACIONES.
  • En su art. 14: limita las funciones de la Junta de Propietarios a nombrar cargos, resolver reclamaciones, aprobar plan de gastos e ingresos PREVISIBLES, aprobar presupuestos para ejecución de obras de reparación de la finca, reformar los estatutos y, conocer y decidir asuntos de interés general para la comunidad. Las donaciones a Asociaciones o ONG´s no están incluidas entre las funciones de la Junta de Propietarios, ni corresponden con el interés de la comunidad.
  • En su art. 17: no hace NINGUNA mención a donaciones comunitarias a asociaciones vecinales pues no constituyen un servicio de interés general. Más bien al contrario, exige:
    • La unanimidad de todos los propietarios para acuerdos que impliquen aprobación o modificación de reglas contenidas en esta propia ley o en los estatuos; supresión de barreras arquitectónicas
    • 3/5 partes para: supresión o establecimiento de ascensor, portería, conserjería, vigilancia, arrendamiento de elementos comunes, u otros servicios de interés general.
    • 1/3 parte para: instalación de servicios de telecomunicación, adaptación de los exitentes, instalacion de sistemas comunes o privados de energía solar. No pudiendo repercutir el coste de la instalación, ni de su conservación y mantenimiento a aquellos propietarios que no hubieran votado de acuerdo.
    • En este sentido para la validez de todos los demás acuerdos (de otros temas) bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios o de las cuotas de participación. Si es en segunda convocatoria, serán válidos por la mayoría de los asistentes si estos representan la mitad de las cutoas.

Asimismo, deseamos insistir en que AA.VV. Albayda NUNCA ha solicitado donaciones a comunidades de propietarios. La mayoría de la financiación de nuestra asociación procede de los simbólicos 10 euros anuales que nuestra asociación recibe de sus asociados (personas físicas) y de la venta de papeletas de Navidad que normalmente desarrollamos en los meses de noviembre y diciembre. Cualquier situación contraria a la descrita supone un abuso injusto de la confianza del vecindario y de una calamitosa gestión de los presidentes de las comunidades de vecinos.

Saludos cordiales
AA.VV. Albayda

 

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