Granada, martes, 19 de agosto de 2014

NUMERO 6.707

AYUNTAMIENTO DE GRANADA

DELEGACION DE URBANISMO, OBRAS Y LICENCIAS

SUBDIRECCION DE PLANEAMIENTO

 

Expte. nº 135/14, estudio de detalle en c/ Sol y Sombra, esq. Avda. Juan Pablo II

 

EDICTO

 

El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada, HACE SABER: Que el Pleno Municipal en sesión celebrada el pasado día veintisiete de junio de dos mil catorce, adoptó acuerdo por el que se aprueba definitivamente el estudio de detalle de referencia, cuyo tenor literal es el que sigue:

“Se presenta a Pleno expediente núm. 135/2014 de Urbanismo, Obras y Licencias sobre estudio de detalle en calle Sol y Sombra, esquina Avenida de Juan Pablo II, presentado por D. José Jiménez Garrido, como Consejero Delegado de Inmuebles Adquiridos, S.L.

 

En el expediente obra informe del Subdirector de Planeamiento, de fecha 5 de junio de 2014, visado por la Directora General de Urbanismo y conformado por el Secretario, por delegación, del Area, en el que se hace constar:

1º.- El estudio de detalle que tiene como objetivo la ordenación de volúmenes en calle Sol y Sombra, esquina Avda. de Juan Pablo II, fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de marzo de 2014, y sometido a información pública por espacio de 20 días, según anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 72, de fecha 16 de abril de 2014, anuncio aparecido en el periódico “Granada Hoy” de 13 de mayo de 2014, así como expuesto en el tablón de anuncios Municipal del 9 de abril al 5 de mayo de 2014.

2º.- La Junta Municipal de Distrito Beiro informó el estudio de detalle en su sesión celebrada el día 9 de abril de 2014.

3º.- Durante el periodo de información pública no se han presentado alegaciones.

4º.- El presente proyecto ha sido tramitado con observancia de todos los trámites legalmente previstos en los artículos, 32 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02), y de forma supletoria, en lo que sea compatible con esta Ley, el artículo 140 del Real Decreto 2159/1978; y en cuanto a la competencia para su aprobación inicial el apartado d) del artículo 127.1 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y en idénticos términos el artículo 18.1.d) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº 150 de fecha 06/08/2012). Sometido a votación el expediente se obtiene el siguiente resultado:

- 17 votos a favor emitidos por los 14 Corporativos presentes del Grupo Municipal Popular, Sres./Sras.: Dña. Isabel María Nieto Pérez, D. Fernando Arcadio Egea Fernández- Montesinos, D. Juan Antonio Mérida Velasco, D. Juan Antonio Fuentes Gálvez, D. Juan Manuel García Montero, Dña. María Telesfora Ruiz Rodríguez, D. Ruyman Francisco Ledesma Palomino, D. Vicente Aguilera Lupiáñez, Dña. María Francés Barrientos, D. Antonio Jesús Granados García, Dña. María Rocío Díaz Jiménez, D. Jorge Saavedra Requena, D. Juan Francisco Gutiérrez Martínez y D. Eduardo Caracuel Romero, los 2 Corporativos del Grupo Municipal I.U-L.V-C.A., Sr./Sra.: D. Francisco Puentedura Anllo y Dña. María Teresa Molina Navarro y la Corporativa del Grupo Municipal UPyD., Dña. María Teresa Olalla Olmo.

- 7 abstenciones emitidas por los 7 Corporativos presentes del Grupo Municipal Socialista, Sres./Sras.: Dña. María Escudero Sánchez, D. José María Rueda Gómez, Dña. María Raquel Ruz Peis, D. Baldomero Oliver León, Dña. Ana María Muñoz Arquelladas, D. Miguel Angel Fernández Madrid y Dña. Jemima Sánchez Iborra.

En consecuencia, aceptando dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo y Obras, de fecha 10 de junio de 2.014, en base a los informes técnicos emitidos, a tenor de lo dispuesto en los artículos, 32 y 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA nº 154 de 31/12/02); en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado i) del artículo 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, creado por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, (BOE nº 301 de 17/12/03), y

en idénticos términos el artículo 16.1º.i) del Reglamento Orgánico Municipal (B.O.P. nº 150 de fecha 06/08/2012), el Ayuntamiento Pleno, en base a propuesta del Coordinador General, de fecha 5 de junio de 2014, conformada por la Concejala Delegada de Urbanismo, Obras y Licencias, acuerdo por mayoría (17 votos a favor y 7 abstenciones):

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el estudio de detalle para ordenación de volúmenes en calle Sol y Sombra, esquina Avenida de Juan Pablo II -referencia catastral 5772501VG4157B0001KJ-.

SEGUNDO.- Levantar la suspensión de la concesión de licencias en el ámbito de la nueva ordenación.

TERCERO.- Una vez Depositado y Registrado el Estudio de Detalle en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, según lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y Decreto 2/2004, de 7 de enero, se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, según se señala en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, al que remite el artículo 41.1, inciso final, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.” El presente edicto servirá de notificación para el/los propietarios y demás interesados directamente afectados, comprendidos en el ámbito territorial del estudio de detalle, que sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, en virtud del art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999. Por lo que una vez se ha procedido a su depósito en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento con el número 318, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 40.3, 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, (BOJA nº 154 de 31/12/02), se hace público para general conocimiento, indicando que, contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Pleno Municipal; o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el B.O.P.

En el caso de interponerse el recurso de reposición con carácter potestativo, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, sino hasta la resolución expresa o presunta del mismo. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso o medio de impugnación que considere conveniente.

 

Granada, 4 de agosto de 2014.-El Alcalde en funciones,(firma ilegible).

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